Es un documento público, personal, individual e intransferible, expedido por lo órganos competentes de la Administración General del Estado, que acredita, fuera de España, la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles y, dentro del territorio nacional, las mismas circunstancias de aquellos españoles no residentes.
- Cómo realizar el trámite
- En España: en Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía habilitadas al efecto.
Cita Previa: 902 247 364 – Ayuda Cita Previa: 807 427 988
Internet: Cita previa - En el extranjero: en las Embajadas y Consulados de España.
- El pasaporte será expedido en el plazo máximo de dos días hábiles, a partir del momento de la presentación en forma de los documentos exigidos, salvo que circunstancias técnicas o excepcionales lo impidan, debiendo ser retirado, en el órgano en que se hubiera solicitado, por el propio solicitante o persona autorizada.
- En España: en Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía habilitadas al efecto.
- Importe
Para el 2013:
- Ordinario: 25 euros
- Colectivo: 5,93 euros (titular) y 0,41 euros (por cada acompañante) - Documentación
Mayores de edad
- DNI del solicitante en vigor, o el caducado, acompañado del resguardo acreditativo de haber solicitado su renovación.
- Una fotografía reciente del rostro del solicitante tamaño carné, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
- En caso de sustitución, deberá presentar el anterior pasaporte si éste está en vigor; en caso de sustracción o pérdida, justificante de la denuncia.
Para aquellos supuestos en que se requieran pasaportes con una validez mínima o superior a seis meses (exigencia que establece cada país) podrá otorgarse excepcionalmente un nuevo pasaporte de validez ordinaria tras la acreditación de las circunstancias concurrentes en cada caso por parte del interesado. - El equipo expedidor entregará al solicitante un resguardo acreditativo del abono de la tasa de expedición de pasaporte legalmente establecida, por el importe en cada momento vigente.
Menores de edad (leer aqui)
- Validez
Con carácter general, y sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes apartados, el pasaporte tendrá una validez improrrogable de cinco años, si el titular tiene menos de treinta en la fecha de su expedición, y de diez años, cuando haya cumplido esa edad. Para los menores de cinco años la validez del pasaporte se limitará a dos años. - Sustracción o extravío
En caso de sustracción o extravío de su pasaporte, deberá denunciar el hecho lo antes posible.
Para obtener un duplicado deberá presentar justificante de la denuncia.
Si la pérdida o sustracción tiene lugar en el extranjero, aparte de la preceptiva denuncia deberá dar cuenta en la Embajada o Consulado para que le provean de uno nuevo, previa comprobación fehaciente de la nacionalidad e identidad del interesado. - Renovación
Se tramitará como una solicitud nueva - Para más información
060 (Información general del Ministerio del Interior)
902 247 364 (Cita previa)
Internet: Cita previa
- Órgano gestor
Ministerio del Interior
